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Foto del escritorComunicación Urrutia + Ángeles

Asesoría y Planeación Preventivas - Parte 2


Asesoría a autoridades públicas en el cumplimiento de sus obligaciones.


Todas las autoridades, incluyendo todo funcionario público de los distintos niveles de gobierno y de los distintos poderes y órganos constitucionalmente autónomos, cuentan con dos obligaciones generales: respeto y garantía. Ambas obligaciones apuntan a salvaguardar los derechos de todas las personas que se encuentran bajo la jurisdicción del Estado Mexicano.


En cuanto a la obligación de respetar los derechos, las autoridades deben abstenerse de vulnerar sin justificación válida los bienes jurídicos o derechos de toda persona, natural o jurídica, lo cual se entiende como una obligación de no hacer. Por su parte, la obligación de garantía implica desplegar una serie de conductas para asegurar que los derechos de las personas no se vean vulnerados, es decir, se entiende como una obligación de hacer. [VC2]


En este sentido, toda conducta de las autoridades se debe enmarcar en alguna de estas dos obligaciones: o se abstiene para no violar derechos (obligación de respeto) o actúa para asegurar que se cumplan derechos (obligación de garantía).


Podríamos preguntarnos, ¿y cuando actúa cómo lo hace? Las autoridades actúan a través de la creación y la aplicación de las normas jurídicas, dependiendo de las funciones específicas de cada autoridad. Si dichas normas y el cumplimiento de las mismas vulneran derechos, las autoridades deben abstenerse, es decir, no crear dicha norma o no aplicarla. De lo contrario, estarían incurriendo en violación de derechos.


Ahora bien, el catálogo de derechos así como el alcance de los mismos es cada vez más amplio, especialmente considerando la evolución y el fortalecimiento del derecho internacional. Esto genera una creciente dificultad para las autoridades de identificar todos los derechos, sus alcances, y sus correlativas obligaciones, pues ya no sólo deben considerar las normas legales que se desarrollan a nivel local o nacional, sino también las normas convencionales o aquellas que provienen de tratados internacionales y de otras fuentes de derecho internacional. Es por ello que las autoridades se ven en la necesidad de recurrir a expertos en distintas materias, con el fin de no violar derechos, ya sea por acción o por omisión.


Ante la cada vez mayor especialización de las funciones públicas, las autoridades administrativas requieren para el exacto cumplimiento de sus obligaciones, de asesoría técnica especializada. La formulación o modificación de reglamentos municipales, por ejemplo, requieren de conocimiento y habilidades de técnica legislativa, además de experiencia práctica en la aplicación de la normativa en cuestión.


Ante el desconocimiento técnico, según la materia especializada de que se trate, es preferible que los funcionarios reciban la asesoría adecuada, previniendo futuras impugnaciones, afectación de derechos de particulares y la pérdida de recursos públicos causados por errores que pudieron haberse identificado.


En Urrutia+Ángeles contamos con experiencia trabajando para el sector público, conociendo a la vez las necesidades del sector privado y las principales causas de impugnación de los actos de autoridad. Para más información, ¡contáctanos!


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